Rafael Llamas califica como muy necesario dicho documento, que "luche por una igualdad real y efectiva, no solamente ya de los trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento, sino incluso en los procesos de selección”

La Concejalía de Igualdad del Ayuntamiento de Montilla informó este miércoles del inicio de la elaboración del Plan de Igualdad de Oportunidades de las Empleadas y Empleados del Consistorio local, que parte com uno de los objetivos del Plan de Igualdad de Oportunidades de Hombres y Mujeres de Montilla, aprobado por unanimidad en Pleno. Los planes de igualdad son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

Rafael Llamas, alcalde de Montilla, quiso hacer hincapié en la raíz de “la necesidad de un plan de igualdad en el Ayuntamiento, que mitigue y luche por una igualdad real y efectiva, no solamente ya de los trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento, sino incluso en cómo se accede, a la hora de que la mujer pueda incorporarse, en este caso, a la función pública”.

El primer edil montillano subrayó que “es una realidad que hoy en día, la mujer, por ser mujer, tiene más dificultades para desarrollar su proyecto de vida, principalmente en el ámbito laboral, y por tanto es necesario, y también es necesario en un momento en el que existen organizaciones negacionistas de que esto es una realidad, y por tanto quizá hoy es más necesario que nunca ponerlo de manifiesto para tener las herramientas suficientes para detectar cualquier tipo de discriminación en este caso vinculada al género”.

Por su parte, Lola Gil, concejala de Igualdad, apuntó que durante la tarde del miércoles se iba a constituir “la comisión del comité regulador de igualdad de oportunidades, que es un órgano paritario formado por representantes del Ayuntamiento y representantes sindicales por igual número”, y en dicha comisión se tratará “el proceso de selección y contratación; la clasificación profesional; la formación y promoción profesional; las condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres; el ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral; la infrarrepresentación femenina; las retribuciones; la prevención del acoso sexual y por razón de sexo; así como otras materias como violencia de género, lenguaje y comunicación no sexista, salud laboral o cualesquiera otras que se estimen oportunas”.

Dicho plan estará compuesto de cinco fases, y se pretende que a finales de julio esté completado a falta de la quinta fase que se produciría al año siguiente de su funcionamiento. Así, la primera fase consiste en la puesta en marcha del proceso de elaboración del Plan de Igualdad; la segunda sería la realización del diagnóstico de igualdad; luego habría un periodo de formación; la tercera sería ya la constitución del plan; la cuarta corresponde a su implantación y seguimiento; para finalizar con el periodo de evaluación.